Disposición Nº 45/2020 - NUEVO MEDIO DE PAGO DE SOBRETASAS

Que la Administración Tributaria Provincial tiene la función de recaudar la Unidad de Tasa Diferencial o Sobretasa que se debe abonar por los trámites que se realizan ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, Que como medio habilitado para la cancelación de obligaciones tributarias provinciales se encuentra el Sistema Home Banking -Red Link- de conformidad a Resolución General N° 1906 ;

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