El decreto 2607-18 establece la actualización del valor de la UINIDAD DE TASA DIFERENCIAL que tendrá un valor de $250,00. El mismo rige a partir del primer día hábil del mes de diciembre de 2018.
Artículo 1: Asígnese a la Unidad Diferencial o Sobretasa, el valor de pesos doscientos cincuenta ($ 250), conforme lo establecido en el Artículo 2º de la Ley Nº 2322-A (antes Ley Nº 7595), por los motivos expuestos en los Considerandos del presente.