Registro Jurisdicción Resistencia/Directora:
Escribana Lilia Noemí DIEZ
directora@rpi.chaco.gov.ar
SubDirector
Escribana Mirian del Carmen Maldonado
subdirector@rpi.chaco.gov.ar
Registro Jurisdicción Pcia Roque Sáenz Peña
Escribana Massad Flavia
direccion-sp@rpi.chaco.gov.ar
Introducción
El 28 de junio de 1968 la Nación Argentina sanciona y promulga la Ley Nº 17.801 - Régimen para los Registros de la Propiedad Inmueble existentes en cada Estado Provincial. Consecuentemente y por no adecuarse la Ley Nº 23 de la Provincia del Chaco vigente hasta ese momento, se la deroga por Ley Nº 954, emitiendo en tal sentido el Gobierno de la Provincia del Chaco el Decreto Reglamentario Nº 306 de fecha 18 de febrero de 1969, facultándolo a establecer las funciones, facultades y obligaciones al Registro de la Propiedad Inmueble que le otorga la Ley Nacional Nº 17.801.
Actualmente se base en los términos de la Ley y Decreto citados anteriormente y se complemente con toda otra norma nacional o provincial que tenga que ver con la inscripción y anotación de Derechos Reales o Personales.
Se deroga la Disposición Nº11/2014 que suspendía la aplicación de medidas relacionadas con el cumplimiento ante la Unidad de Información Financiera
Garantizar el cumplimiento de las normas legales vigentes en materia de registración inmobiliaria en todo el territorio provincial.
A partir del día 1 de Enero de 2015, las Direcciones del Registro de Propiedad Inmueble recepcionarán y tramitarán únicamente los documentos relacionados con los inmuebles ubicados en su jurisdicción local.
- DEROGADA - A partir del día 09 de Mayo de 2014 se suspende la aplicación de lo dispuesto en las Disposiciones Técnico Registral Nº02/2014 y 03/2014 hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
En referencia a la Resolución Nº70/11 de la Unidad de Información Financiera. Obligatoriedad de consignar el CUIT/CUIL del escribano y apoderados.
Régimen para los Registros de la Propiedad Inmueble
Establece las funciones, facultades y obligaciones al Registro de la Propiedad Inmueble que le otorga la Ley Nacional Nº 17.801.
Autorización al Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco a prestar colaboración para la actualización de tareas y mejoramiento de los métodos operativos del Registro de la Propiedad Inmueble, sobre bases modernas que posibiliten su funcionamiento actualizado.
Bien de Familia, alcance que comprende a: Viviendas urbanas y rurales, terreno con destino a la construcción de una vivienda familiar, mejoras realizadas con la misma finalidad -* vivienda familiar - por los ocupantes de tierras fiscales.
Consideración acerca del Art. 34º de la Ley Nacional 14.394 - Constitución del Bien de Familia.
Inembargabilidad que constituya vivienda única del hogar familiar.
Avenida Las Heras Nº 95 (Las Heras y Juan B. Justo)
9 de Julio 381 (Entre 8 y 10)